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El día 20 de diciembre de 1993, el Ayuntamiento de Navojoa Sonora, celebro un convenio con la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sonora, con el objeto de incorporarse al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sonora, así como asumir la prestación de
los servicios públicos de agua potable alcantarillado y saneamiento, bajo la modalidad de una administración descentralizada.

En los términos del referido convenio, el Ayuntamiento de Navojoa se obligó a acordar la instalación e instalar el Organismo Operador Municipal a que se refería el artículo tercero fracción I de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado para el Estado de Sonora Vigente en esa fecha.

Con fecha 24 de junio de 1994 y publicado en el Boletín Oficial del 7 de julio el H. Congreso del Estado autorizo al H, Ayuntamiento de Navojoa Sonora a constituir el Organismo a que se refiere el acuerdo citado.

El día 28 de diciembre de 1994 el Ayuntamiento de Navojoa en sesión extraordinaria de cabildo tomo el acuerdo número 16 publicado en el Boletín Oficial del Estado de Sonora número 52 secciones V del 29 de diciembre del mismo año en donde se instala y se integra el Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Navojoa.

Con fecha 4 de diciembre de 1996, el Organismo Operador Municipal de Agua Potable Alcantarillado y Saneamiento de Navojoa Sonora “OOMAPASN”, con el carácter de prestataria celebro un contrato de prestación de servicios con la empresa Mexicana de Gestión de Agua S.A. de C.V., en calidad de prestadora, el cual tenía por objeto hacer más eficiente la operación conservación y mantenimiento del sistema de agua potable que comprende también la extracción, conducción, potabilización, distribución y regulación de dicha agua potable, así como la operación, conservación y mantenimiento del sistema de alcantarillado y la operación, conservación y mantenimiento del sistema de saneamiento del Municipio de Navojoa Sonora.

Con fecha 25 de mayo del 2005 se acuerda por la Junta de Gobierno se admita a tramites la reclamación presentada por el Director General del Organismo según escrito de fecha 19 de junio del 2005 en el que solicita se proceda a la rescisión administrativa del contrato de prestación de
servicios con la empresa Mexicana de Gestión de Agua S.A. de C.V.

Referencia:
(Capitulo II del Manual de Organización de Acta No. 14-18 Sesión Extraordinaria Junta de
Gobierno del día 11 diciembre 2018)